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POR FAVOR RESPONDER ACTUALIZACION RELEVAMIENTO ARANCELARIO. SE DEBE ASEGURAR LA PLENA VIGENCIA DE LA RESOLUCION 867/22. Aumento de Aranceles a Prestadores: mayo, junio y julio 2022.

Es imprescindible continuar atentos al estricto cumplimiento de esta obligación por parte de las empresas de medicina prepaga y obras sociales, para en su caso efectuar las denuncias pertinentes ante la Autoridad de Aplicación. Según un relevamiento nacional de CA.DI.ME, solo un 30% de los prestadores ambulatorios recibió la totalidad de los aumentos arancelarios indicados.

ARTICULO 1°. – Autorízase a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) aumentos generales, complementarios y acumulativos de aquel que ha sido aprobado para el mes de abril de 2022, mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 459/2022, de hasta un OCHO POR CIENTO (8%) a partir del 1º de mayo de 2022, de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) adicional y acumulativo a partir del 1º de junio de 2022 y de hasta un CUATRO POR CIENTO (4%) adicional y acumulativo a partir del 1º de julio de 2022. 

ARTÍCULO 3°.- Las Entidades de Medicina Prepaga y los Agentes del Seguro de Salud deberán incrementar los valores retributivos de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios, beneficiarias, usuarios y usuarias por los prestadores inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, para los meses de mayo, junio y julio de 2022, en al menos un NOVENTA POR CIENTO (90%) del aumento porcentual de sus ingresos por vía de cuotas de medicina prepaga o negociaciones paritarias sindicales, para cada período considerado.

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Braian Stel

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