Por medio de la Resolución (Ciudad de Bs As) 890/2020 se remplaza el régimen de facilidades de pago de carácter permanente, respecto de las obligaciones tributarias en mora cuya aplicación, percepción y/o fiscalización se encuentre a cargo de la AGIP de la Ciudad de Buenos Aires.
Entre las principales características podemos mencionar:
- Se pueden incluir, las obligaciones tributarias en mora cuyo devengamiento se hubiere producido con anterioridad al 1 de enero del año en el cual se efectúa el acogimiento al plan de facilidades de pago y siempre que mediara un plazo de 90 días corridos entre su vencimiento y la presentación del acogimiento.
- Se pueden regularizar mediante este plan las Multas aplicadas por AGIP y las deudas por caducidades de planes de facilidades de pago, que hubiera operado hasta el 31/12/2019.
- Las deudas podrán regularizarse en hasta 36 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con un interés de financiación de hasta 3%.
El referido régimen será de aplicación a partir del 1 de junio de 2020.