Resolución General 4815/2020 AFIP. Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Su implementación. – CA.DI.ME.

Resolución General 4815/2020 AFIP. Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Su implementación.

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4815/2020

RESOG-2020-4815-E-AFIP-AFIP – Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Su implementación

Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2020

RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN. OPERACIONES ALCANZADAS. SUJETOS OBLIGADOS A ACTUAR COMO AGENTES DE PERCEPCIÓN. SUJETOS PASIBLES DE LA PERCEPCIÓN. OPORTUNIDAD EN QUE DEBE PRACTICARSE LA PERCEPCIÓN. COMPROBANTE DE LA PERCEPCIÓN. DETERMINACIÓN DEL IMPORTE A PERCIBIR. CARÁCTER DE LA PERCEPCIÓN. RÉGIMEN DE DEVOLUCIÓN PARA SUJETOS QUE NO SEAN CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS O, EN SU CASO, DEL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES.

No se encuentran sujetos al presente régimen de percepción los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.

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