AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD. Resolución 249/2022. Convocatoria en relación al proceso de reemplazo de la Ley N° 22.431. – CA.DI.ME.

AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD. Resolución 249/2022. Convocatoria en relación al proceso de reemplazo de la Ley N° 22.431.

En función de esta convocatoria de parte de la Agencia Nacional de Discapacidad, y sin perjuicio de las presentaciones individuales que se efectúen, CA.DI.ME recibirá hasta el 15/5/22 aportes de sus socios para incorporarlos a su presentación institucional. Por favor remítalos a cadime@cadime.com.ar, con el asunto APORTES RESOLUCION 249/22. 

ARTÍCULO 1°.- Determínese el inicio de una convocatoria abierta, participativa, plural y federal, desde el 21 de marzo de 2022 y hasta el 25 de mayo de 2022, para la recepción de aportes, opiniones, e informaciones por parte de la sociedad civil, personas con discapacidad y sus familias, organizaciones de y para personas con discapacidad, organismos públicos cuyas competencias funcionales se vinculen con la temática, Sindicatos, Universidades, y de todos los sectores clave, en relación al proceso de reemplazo de la Ley N° 22.431. Dichos aportes deberán ser remitidos a la casilla de correo electrónico nuevaley@andis.gob.ar, de acuerdo con el formulario y modalidad que establecerá, comunicará y difundirá oportunamente la Agencia. Ello, no obstante, las invitaciones complementarias que curse el Organismo, y todo otro dispositivo y/o herramienta que se implemente para garantizar la mayor concurrencia de voces y opiniones.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la Dirección Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad de esta Agencia, a fin de que arbitre las acciones tendientes a dar inicio al proceso de participación ciudadana bajo el formato de Audiencias Públicas, conforme lo determinado en el Decreto N° 1172/2003, y de acuerdo con los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Destáquese que este proceso histórico requiere del involucramiento efectivo y comprometido de todas y todos, por lo que se invita e insta a los actores mencionados en los Considerandos de la presente, a generar espacios de diálogo, debate e intercambio nutricio, que permitan una construcción conjunta y democrática del nuevo marco normativo sobre la discapacidad en la República Argentina.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial; y oportunamente archívese.

Fernando Gaston Galarraga

15/03/2022 N° 14704/22 v. 15/03/2022

Fecha de publicación 15/03/2022