Con fecha 28/9/2020, se publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 1760/2020, extendiendo el Programa ATP al mes de Septiembre 2020. Como Anexo 3 de dicha norma, se adjunta un informe presentado por el Ministerio de Salud de la Nación, en el cual se manifiesta que “para la consideración del beneficio citado precedentemente – esto es el salario complementario por Programa ATP -, se solicita tengan a bien multiplicar la facturación correspondiente al mismo mes del año 2019 por 1.40, (UNO PUNTO CUARENTA) para los efectores declarados en el listado elevado mediante NO-2020-59124167-APN-SSS#MS”.