MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 690/2018
RESOL-2018-690-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2018
VISTO el EX-2017-33513249-APN-DCSS#MS del Registro de entonces MINISTERIO DE SALUD, actual MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; y,
CONSIDERANDO:
Que las políticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con fuerte énfasis en el primer nivel de atención.
Que en el marco de las políticas vinculadas a la salud, desarrolladas por el ESTADO NACIONAL a través de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, se implementa el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA, creado por Resolución Nº 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la entonces SECRETARÍA DE SALUD del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, modificado por la Resolución Ministerial N° 856-E/2017, con el objeto de llevar adelante un conjunto de acciones destinadas a promover la calidad de las prestaciones en los Servicios de Salud.
Que de conformidad con lo estipulado en el artículo 1º del Decreto Nº 178 de fecha 15 de marzo de 2017, el referido Programa resulta de aplicación obligatoria en todos los establecimientos nacionales de salud, en el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD y en las Obras Sociales Nacionales, en el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP), en los establecimientos incorporados al REGISTRO NACIONAL DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA, así como en los establecimientos dependientes de las distintas jurisdicciones provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las entidades del Sector Salud que adhieran al Programa.
Que entre los objetivos del referido Programa se incluye la investigación, el diseño de instrumentos, la capacitación, la gestión de mejoras y reducción de los riesgos sanitarios en los establecimientos de todo el país.
Que con el objetivo de promover la Seguridad de los Pacientes como fundamento de la buena calidad de la atención sanitaria, así como el acceso a una atención segura como derecho básico de los ciudadanos, la entonces DIRECCIÓN DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD actual DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA juntamente con el PROGRAMA NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y CONTROL DE INFECCIONES HOSPITALARIAS (VIHDA) y LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL CONTROL DE LA RESISTENCIA ANTIMICROBIANA de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD; el HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ENFERMEROS EN CONTROL DE INFECCIONES y la SOCIEDAD ARGENTINA DE INFECTOLOGÍA han elaborado el “CONSENSO NACIONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS INFECCIONES ASOCIADAS AL CUIDADO DE LA SALUD (IACS) EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD” como una estrategia aplicable a los diferentes contextos de nuestro país, a cuyos efectos han contemplado las normativas existentes en la materia en las distintas jurisdicciones.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA han tomado la intervención de su competencia y avalan su incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional y la Ley de Ministerios Nº 22.520, modificatorias y complementarias.
Por ello,
El SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el CONSENSO NACIONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS INFECCIONES ASOCIADAS AL CUIDADO DE LA SALUD (IACS) EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, que como anexo IF-2018-53779874-APNDNCSSYRS#MSYDS forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Incorpórase al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA el Consenso Nacional aprobado por el ARTÍCULO que antecede.
ARTÍCULO 3°.- Difúndase a través de la COORDINACIÓN DE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE el presente documento a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación del mismo en el marco de dicho Programa Nacional.
ARTÍCULO 4º.- Invitase a las Jurisdicciones locales a adherir a la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/12/2018 N° 93620/18 v. 10/12/2018
Fecha de publicación 10/12/2018