PRÓRROGA DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 287/21:
Prorrogase el Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21, 381/21 y 411/21, hasta el día 6 de agosto de 2021, inclusive.