LOS PRESTADORES DE DIAGNÓSTICO MÉDICO AMBULATORIO MANIFESTARON SU PROFUNDA PREOCUPACIÓN ANTE LAS DIFICULTADES PARA ACCEDER A LAS MEDIDAS DE ALIVIO INSTRUMENTADAS POR EL GOBIERNO NACIONAL – CA.DI.ME.

LOS PRESTADORES DE DIAGNÓSTICO MÉDICO AMBULATORIO MANIFESTARON SU PROFUNDA PREOCUPACIÓN ANTE LAS DIFICULTADES PARA ACCEDER A LAS MEDIDAS DE ALIVIO INSTRUMENTADAS POR EL GOBIERNO NACIONAL

POR LOS PARAMETROS ESTABLECIDOS PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS PREVISTOS POR LO DECRETOS 332, 347 Y 376/2020, INNUMERABLES CENTROS DE DIAGNOSTICO Y LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS SERAN INJUSTAMENTE EXCLUIDOS.

Desde la Cámara de Instituciones de Diagnostico Medico – que representa a las empresas de este subsector de la salud en todo el país y en todas las especialidades (Análisis Clínicos, Anatomía Patológica, Diagnóstico por Imágenes, Radioterapia, Consultorios Médicos, Oftalmología, Odontología, Kinesiología, Diálisis y demás prácticas ambulatorias) – se manifestó la profunda  preocupación por los parámetros a considerar por las empresas para acceder a los beneficios establecidos por los Decretos 332, 347 Y 376/2020, dispuestos por la Decisión Administrativa 591/2020.

CA.DI.ME reclamo oportunamente que la exclusión de nuestro sector del Decreto 332/2020, que dispone importantes beneficios para las pequeñas y medianas empresas del país, era una situación de gran injusticia. Por ello la Cámara destaco que el Gobierno Nacional  haya sancionado los Decretos 347, 376/2020 y la Decisión Administrativa 516/2020, incorporando al sector salud al PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN (ATP) y ampliando sus beneficios.

No obstante,  desde la Entidad se aclaro que “dadas las características propias del sector salud, en el cual nuestros prestadores – sobre todo aquellos pequeños y medianos – reciben sus aranceles depreciados con plazos que se extienden entre los 60 y los 120 días,  y con quita de valores facturados sin ningún tipo de justificación operativa ni documental, evidentemente se reflejara de una manera no acorde a la realidad el trabajo realizado en los periodos indicados por la normativa aplicable”.

Además, CA.DI.ME dejo en claro que “la comparación puramente nominal de los periodos 2019-2020 sin tener en cuenta el índice inflacionario del periodo, seguramente excluirá a innumerables prestadores que ya venían arrastrando una situación gravísima”.

La Cámara señalo que continua “trabajando hacia el objetivo de ir recuperando los niveles de actividad habituales, que permitan, participando de la respuesta social a la pandemia y con la debida aplicación de protocolos, sostener el funcionamiento de nuestras empresas y proteger el empleo de los trabajadores y profesionales de las mismas”.

En ese sentido se avanzo positivamente con la Decisión Administrativa 524/2020 que habilito recientemente ciertas actividades del sector ambulatorio.

CA.DI.ME quedo a disposición para continuar trabajando en este objetivo y en el armado de los protocolos de atención a pacientes y puso a disposición del Gobierno Nacional y de cada provincia su infraestructura y  capacidad técnica en la actual situación sanitaria.

Finalmente solicitó hacer extensivo el pago de la asignación estimulo prevista por el Decreto 315/2020 a todos los trabajadores del sector de la salud, sin excepciones.

CA.DI.ME

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Por Decisión Administrativa 591/2020, el Comité de Monitoreo del Programa ATP estableció los parámetros a considerar por las empresas para acceder a los beneficios establecidos por los Decretos 332, 347 Y 376/2020 CLICK AQUI