Reclamo urgente de la Federación Argentina de Prestadores de Salud – integrada por CA.DI.ME -, denunciando la situación del sector prestacional de la salud y solicitando urgente intervención. – CA.DI.ME.

Reclamo urgente de la Federación Argentina de Prestadores de Salud – integrada por CA.DI.ME -, denunciando la situación del sector prestacional de la salud y solicitando urgente intervención.

Con fecha 14/10/22, la FAPS, integrada por CA.DI.ME, efectúo una presentación dirigida a: MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION DRA. Raquel CECILIA KISMER de Olmos, MINISTRA DE SALUD Y ACCION SOCIAL DE LA NACION DRA. CARLA VIZZOTI, JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DR. JUAN LUIS MANZUR, SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD DR. DANIEL ALEJANDRO LOPEZ Y AL ADMINISTRADOR FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS CDOR. CARLOS DANIEL CASTAGNETO.  

El pasado 22 de septiembre de 2022, CA.DI.ME y las demás entidades representadas en la Federación Argentina de Prestadores de Salud (FAPS) fueron convocadas por el Sr Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de iniciar la revisión de los acuerdos paritarios suscriptos por nuestras entidades en el marco de los CCT referidos en el mes de mayo del corriente año 2022. 

En dicha audiencia se transmitió que cualquier revisión de salario requería como condición necesaria e imprescindible que se dictaran una serie de medidas destinadas a lograr el financiamiento que permitiera atender la petición efectuada por el sector sindical. Como es de público conocimiento, las empresas prestadoras de servicios de salud no son formadoras de precios y dependen del financiamiento proveniente de PAMI, la seguridad social y de las empresas de medicina prepaga. Paralelamente y como consecuencia de los atrasos arancelarios generados en la pandemia, que nunca fueron recompuestos, el acuerdo paritario firmado en mayo se alcanzó gracias al compromiso de los financiadores y del gobierno nacional al cumplimiento de una serie de medidas económicas que, a la fecha, fue parcial o inexistente.

Así:

  • Decretos 300/2020 y 34/2021: la prórroga de las medidas incluidas en estos fue firmada en principio por 60 días (Decreto 359/2022) llevando su vencimiento hasta el 31 de agosto de 2022. Luego de varios documentos presentados y discusiones para lograr que se honre la palabra empeñada, el PE emitió el Decreto 577/2022, prorrogando las medidas hasta el 28 de febrero del año entrante, con cambios no menores que implican aumentar el costo prestacional 2% en promedio. Teniendo en cuenta que los aranceles durante la época de la pandemia no fueron ajustados o lo fueron en porcentajes manifiestamente inferiores al aumento de costos (incluidos salarios) resulta indispensable que las medidas emergentes de los Decretos 300/2020 y 34/2021, en sus versiones originarias, se prolonguen por tiempo indeterminado sin los ajustes a los cuales fueron sometidas por el Decreto 577/2022
  • Programa FESCAS: el hecho que el Ministerio de Trabajo, haya trasladado el subsidio a la nómina de las empresas de salud al Ministerio de Salud; y, sin juzgar el valor de la inclusión de Programas de Calidad en el transcurso de la obtención de dicho subsidio, llevo a que las empresas de salud vieran disminuido a un tercio la ayuda recibida, siempre que puedan cumplir las condiciones que cada vez se tornan más dificultosas. Asimismo, el Programa FESCAS no tiene asegurado su financiamiento para el próximo año. Es necesario simplificar el Programa para permitir el acceso de los prestadores al mismo, cumpliendo su objetivo que básicamente era cubrir los salarios de los trabajadores del sector de sanidad y asegurándose el financiamiento para periodos venideros
  • La modificación a la Ley del Impuesto al Valor agregado tendientes a eliminar el costo del Crédito Fiscal No Computable que pesa sobre las ecuaciones económicas de las instituciones, a priori no se incluyó en la Ley de Presupuesto Nacional para el periodo 2023. Oportunamente nuestro sector recibió un compromiso de las autoridades del otorgamiento a los prestadores del sector de un bono por el IVA que no puede compensar a fin de que lo utilice para el pago de otras cargas fiscales (impositivas o cargas sociales) o se permita la transferencia de dicho IVA a terceros ya sea por Decreto o enviando el proyecto al Congreso.
  • Si bien, los aranceles a la Medicina Prepaga surgen del 90% de la fórmula polinómica que emite la Superintendencia de Servicios de Salud, su vigencia está prevista hasta fin de 2022 y, además, el ciclo de proceso de la misma es extenso, llevando a los prestadores a poder devengar el aumento a los 5 meses del aumento de costo que le da origen. Se requiere que las normas que establecen dicha fórmula se prolonguen por tiempo indefinido y se simplifique el proceso de la misma para evitar el desfasaje financiero mencionado.
  • Con fecha 6/10/2022 hubo una reunión con autoridades del Ministerio de Trabajo de la Nación, nuestras entidades y el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina (Cosspra)

En dicha reunión nuestras entidades manifestaron los problemas que generan al sector el disímil tratamiento de las distintas obras sociales provinciales de los aranceles que deben reconocer a los prestadores, cuando se enfrenta una paritaria nacional.

En concreto en dicha reunión nuestras entidades solicitaron

–           Reevaluación de la negociación, para que el alivio fiscal otorgado vuelva a tener el mismo peso específico dentro de los costos de las instituciones.

–           Se determine cuál es la postura de la COSSPRA en representación de las OS Provinciales que ayude a ellas a poder mejorar las propuestas de aranceles hacia los prestadores.  Concretamente como y cuáles son las posibilidades de las OS Provinciales de afrontar el ajuste adicional solicitado por Fatsa.

–           Acortar los plazos de cobranza de las prestaciones.

–           Buscar una metodología de incremento de aranceles automática y que de previsibilidad a este (ej. la polinómica de incremento de aranceles emitida por la Superintendencia de Salud)

–           Mesa Chica de Financiadores que trabaje en conjunto en temas de financiación de la cadena de valor del sector.

En resumen, no ha habido de las Obras Sociales Provinciales una propuesta de recomposición que permita superar los problemas de los prestadores que brindan servicios a las mismas.

  • El INSSJP se ha comprometido en acompañar al índice de inflación, pero como todos sabemos, las resoluciones no se publican en conjunto para todos los subsectores prestacionales, sino en etapas, motivo por el cual, en contextos inflacionarios, perjudica económicamente a sus prestadores.
  • Se ha verificado el incumplimiento por parte de los organismos de la RG Afip 5154-22 – suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares – Sin embargo, se realizan inspecciones solicitando la devolución del Repro según la tipificación del Decreto 323-21, en vez del Decreto que hace a nuestra actividad.
  • A 7285 y A 7497 BCRA: no está previsto por los programas actuales que se prorroguen, motivo por el cual, los prestadores carecen de créditos por descubierto o bien se mantengan los acuerdos crediticios obtenidos en tanto se verifique deuda por seguridad social.
  • Eximir de impuesto a las ganancias a monto otorgado por FESCAS.
  • Moratoria de características similares al régimen especial establecido por ley 26283/07.
  • Prorrogar la exención dada a los prestadores del sector de derechos de importación.
  • Arbitrar los medios para que se actualice el importe nominal del monto mínimo no imponible establecido por el Decreto 688/2019 dictado oportunamente, para ser aplicado por los empleadores del Sector sobre el cálculo de las contribuciones patronales (art 4 decreto 814/2001. Debido a que dicho importe no ha sido actualizado por inflación como estaba previsto originalmente, se solicita su actualización automática según RIPTE o según incrementos de Convenio Colectivo de Trabajo.
  • Prórroga de la emergencia sanitaria que vence el 31 de diciembre de este año.
  • Solución de la problemática de Medicamentos de Alto Costo
  • Traspaso a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) del transporte y educación de personas con discapacidad.

El incumplimiento o cumplimiento parcial al día de la fecha de estos puntos pone en riesgo las fuentes de financiamiento del sector no sólo para poder hacer frente a la revisión solicitada por la FATSA, sino también para afrontar los costos diarios operativos.

Como representantes de las empresas prestadoras de salud de todo el país, en todo momento hemos estado a disposición de las autoridades, abiertos a las discusiones con los sindicatos y activos en lo que a soluciones y propuestas se refiere.

Es por eso que hoy nos vemos en la obligación de compartirles que el futuro del sector -desde un punto de vista económico y financiero- se torna inviable. Las instituciones -ya golpeadas por las consecuencias de la pandemia-, que soportaron aumentos en sus estructuras de costos sin los correspondientes aumentos tarifarios durante el 2020, se encuentran en jaque frente a la situación actual.

Lamentablemente, de no hacerse efectivo el paquete de medidas y soluciones comprometido por el gobierno nacional al momento de la firma de las paritarias 2022, para lograr la supervivencia ante el contexto inflacionario actual, las instituciones del sector se verán obligadas a cobrar aranceles compensatorios en sus prestaciones. Estos aranceles permitirán lograr la subsistencia de las instituciones, pero no serán suficientes para afrontar aumentos de costos adicionales, entre ellos los aumentos salariales comprometidos.

VER ANTECEDENTES:

La situación crítica de las empresas de diagnóstico médico exige profundizar medidas regulatorias urgentes. Situación arancelaria y Plazos de Pago. Conclusiones Conversatorio Socios CA.DI.ME 8/9/2022. 

Reclamo de CA.DI.ME a la Superintendencia de Servicios de Salud: Establecer con carácter obligatorio un plazo máximo de 30 días para que las empresas de medicina prepaga y las obras sociales efectúen el pago de las prestaciones brindadas por los prestadores a sus beneficiarios.