ARTÍCULO 1°. – Derógase la Resolución del 3314 de fecha 24 de octubre de 2023 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3°. – Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS para que adopte las medidas necesarias para la efectiva implementación de la presente, incluyendo la adecuación de los sistemas informáticos, formularios, instructivos y toda otra documentación que refiere a los trámites involucrados.
ARTÍCULO 6°. – La presente Resolución entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Fecha de publicación 12/06/2025