ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Certificado Único de Discapacidad (CUD) en formato digital, el cual será complementario al documento físico y tendrá la misma validez legal, vigencia y eficacia.
ARTÍCULO 2°.- Apruébense el modelo, las características y particularidades operativas del Certificado Único de Discapacidad en formato digital que como ANEXO IF-2021-114599475-APN-DNPYRS#AND, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Nacional de Políticas y Regulación de Servicios y a la Dirección de Modernización e Informática, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, para que por su intermedio se adopten las medidas correspondientes a los fines de garantizar la instrumentación y eficacia del Certificado Único de Discapacidad en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- A los fines de la implementación del Certificado Único de Discapacidad en formato digital, solicítese a la Subsecretaría de Gobierno Abierto y País Digital de la Secretaría de Innovación Pública tenga a bien disponer de los medios necesarios para su integración en el Perfil Digital de Ciudadano “Mi Argentina” como parte de la Plataforma del Sector Público Nacional.
ARTICULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, gírense las actuaciones a la Dirección Nacional de Políticas y Regulación de Servicios para la continuidad del trámite; y oportunamente archívese.
Fernando Gastón Galarraga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
- 03/12/2021 N° 93435/21 v. 03/12/2021
Fecha de publicación 03/12/2021