ARTÍCULO 1°.– Establécese una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, para el mes de febrero del año en curso, consistente en un incremento del CINCO CON SETENTA Y OCHO POR CIENTO (5,78 %), sin diferencia por tipo de prestación, que obra en el ANEXO (IF-2026-20108912-APN-SSRCYP#MS), que forma parte integrante de la presente medida, calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a los meses de diciembre 2025 y enero 2026, de acuerdo con el Acta del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas a Favor de las Personas con Discapacidad N.° 432 (IF-2026-19233616-APN-SSRCYP#MS).
ARTÍCULO 2°.– Reconócese un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.
ARTÍCULO 3°.– Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Iván Lugones