Resolución General 4816/2020 AFIP. Procedimiento. Ley N° 27.541. Ley N° 27.562. Ampliación del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Su implementación. – CA.DI.ME.

Resolución General 4816/2020 AFIP. Procedimiento. Ley N° 27.541. Ley N° 27.562. Ampliación del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Su implementación.

OBLIGACIONES INCLUIDAS

Podrán incluirse en el presente régimen de regularización, las obligaciones mencionadas en el artículo anterior vencidas al 31 de julio de 2020, inclusive, los intereses no condonados, así como las multas y demás sanciones firmes relacionadas con dichas obligaciones.

CONCEPTOS Y SUJETOS EXCLUIDOS

Las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART),  Los aportes y contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales, Los aportes y contribuciones con destino al régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico y trabajadores de casas particulares, Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio, Los aportes y contribuciones con destino al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) o al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), según corresponda,  Los anticipos y pagos a cuenta, excepto los anticipos mencionados en el artículo 26 de la presente, Las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), devengadas hasta el mes de junio de 2004, Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del régimen de regularización normado por la presente resolución general, Las obligaciones correspondientes a los períodos que fueron considerados como condición para la obtención del beneficio como contribuyente cumplidor, en los términos del artículo agregado a continuación del 17 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones, excepto que previamente se proceda a su desistimiento, Los intereses -resarcitorios y/o punitorios-, multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes, Los sujetos que resultaran excluidos en los términos del artículo 16 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones.

Ver Resolución General 4816/2020

Ver Ley 27562

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