ARTÍCULO 1°.- Las obligaciones de los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), referidas a la presentación y, en su caso, al pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado agosto de 2023, con vencimientos fijados entre los días 11 y 13 de septiembre de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta las fechas detalladas en el siguiente cronograma:
TERMINACIÓN DE CUIT | FECHA DE VENCIMIENTO |
0, 1, 2 y 3 | 13/09/2023 |
4, 5 y 6 | 14/09/2023 |
7, 8 y 9 | 15/09/2023 |
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Carlos Daniel Castagneto
11/09/2023 N° 72225/23 v. 11/09/2023
Fecha de publicación 11/09/2023