Estimado Socio:
Como ya es de su conocimiento, estamos siguiendo con atención la instrumentación efectiva del Programa ATP para el sector prestador ambulatorio de la salud.
En el caso de no tener noticias acerca de su aceptación por parte de AFIP o ser informado de su rechazo, le solicitamos nos lo informe indicando su CUIT y Razón Social.
Le sugerimos adicionalmente para reforzar nuestra gestión que complete en forma personal el “Formulario de reclamos del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” que implemento el Gobierno Nacional, agregando en ESPECIFICACIONES el siguiente párrafo: “Dadas las modificaciones introducidas por la Decisión Administrativa 747/2020, estableciendo que las empresas del sector salud deben encuadrar en las previsiones de los incisos a) y b) del artículo 3º del Decreto Nº 332/20, le solicitamos nuestro ingreso al Programa ATP para el mes de julio 2020, entendiendo que cumplimos con los requisitos vigentes para nuestro ingreso”.
Quedamos atentos a su respuesta a la mayor brevedad posible.
Saludos cordiales. CA.DI.ME.
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