Con fecha 29/1/2021 se publicó en el Boletín Oficial del INSSJP la Disposición 2/2021, la cual establece que, durante los meses prestacionales de enero, febrero y marzo 2021, la liquidación del incremento del 12% dispuesto por RESOL-2021-44- INSSJP-DE#INSSJP a partir del 1ero de enero de 2021, deberá abonarse el 50% del importe correspondiente al aumento con el adelanto de la cápita, y el restante 50% con el ajuste de la cápita.