En los próximos días AFIP publicará en su domicilio fiscal electrónico si fue aprobado su trámite de ingreso al PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN.
Recordamos que los empleadores inscriptos en el ATP deberán cargar la CBU de sus empleados y el código del convenio colectivo de trabajo en el servicio “Simplificación Registral – Empleadores” utilizando la clave fiscal.
ANTECEDENTES:
Por Decisión Administrativa 591/2020, el Comité de Monitoreo del Programa ATP estableció los parámetros a considerar por las empresas para acceder a los beneficios establecidos por los Decretos 332, 347 Y 376/2020 CLICK PARA VER
URGENTE: Prorroga hasta el 23/4/2020 Beneficios establecidos por los Decretos 332 y 347/2020 Gestiones Afip CLICK PARA VER
Decisión Administrativa 516/20 JGM: Se incorpora al sector salud al listado de actividades que podrán obtener directamente los beneficios previstos por el Decreto 332/2020 CLICK PARA VER
Decreto 376/2020: Se suman beneficios al DNU 322/2020. Créditos a tasa cero a monotributistas y autónomos. Se amplía la asignación compensatoria al salario. El periodo para comparar ventas se aplicará desde el 12/3 en lugar del 20/3. Se mantiene la postergación o reducción del 95% de las contribuciones al Sipa CLICK PARA VER