ARTÍCULO 1°.- Establécese el plazo para la inscripción al “PROGRAMA REPRO II”, creado por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 938/20 y sus modificatorias y complementarias, para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de abril de 2021, el cual estará comprendido entre el 26 de abril y 3 de mayo de 2021.
ARTÍCULO 2º.- Establécense las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle:
- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación: marzo de 2019 y marzo de 2021
- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019
Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Marzo 2021.
ARTICULO 4º.- Sustitúyese el artículo 4º de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 938/20 y sus modificatorias y complementarias por el siguiente:
“ARTICULO 4º.- La presentación del balance solicitada en el inciso b) del artículo precedente, no será requerida para las asociaciones civiles y todo otro empleador o empleadora que no está sujeto a la presentación de balance.”
ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni
- 23/04/2021 N° 26090/21 v. 23/04/2021
Fecha de publicación 23/04/2021
VER RESOLUCION 206/21 COMPLETA