Vence 26/5/2020: La AFIP abrió la inscripción al Programa de Asistencia Estatal para el pago de los salarios de Mayo 2020. Prórroga RG AFIP 4720 – CA.DI.ME.

Vence 26/5/2020: La AFIP abrió la inscripción al Programa de Asistencia Estatal para el pago de los salarios de Mayo 2020. Prórroga RG AFIP 4720

VENCIMIENTO 26/5/2020.

PROGRAMA DE ASISTENCIA AL TRABAJO (ATP): ACLARACIONES SOBRE EL SALARIO COMPLEMENTARIO DE ABRIL Y MAYO. FECHA 03-06-2020

IMPORTANTE: NUEVOS REQUISITOS – ATP EMPLEADORES

Resolución General 4716/2020: Afip reabre el Programa ATP del 14 al 21 de mayo para cargar la información aplicable a los beneficios de mayo 2020

Decisión Administrativa 765: Modificaciones al Programa ATP. Condiciones de Admisibilidad. Criterio para estimar facturación de los empleadores. Extensión a Mayo 2020

Le recordamos que AFIP habilitó el sistema de registración al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de mayo en el marco de la emergencia sanitaria tienen tiempo hasta el 21 de mayo para anotarse con clave fiscal en el sitio web del organismo.

Es importante destacar que todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado.

Durante la registración, la AFIP presentará a cada empleador la información sobre su facturación electrónica referida a los meses que son contemplados para determinar el acceso a los beneficios. Con ese mecanismo, las empresas sólo deberán ingresar en el sistema la información económica referida a las operaciones que hubieran sido facturadas con controladores fiscales y/o en forma manual.

CARGA DE CBU

Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras. La carga de la información se hace a través del servicio web “Simplificación Registral”. No es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figuren como titular o cotitular.

Una vez efectuada su inscripción, por favor este atento a su domicilio electrónico fiscal por cualquier novedad.

SOLICITE ASESORAMIENTO A cadime@cadime.com.ar

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