Regulación aumentos aranceles prestacionales. Aumento Cuotas Medicina Prepaga por Índice Ripte y por Índice de Costos de Salud. Aumento de aranceles diciembre 2022 y enero 2023. Normativa aplicable a partir del 1/2/2023. Decreto 743/2022, Resolución 2577 y 2578/22. – CA.DI.ME.

Regulación aumentos aranceles prestacionales. Aumento Cuotas Medicina Prepaga por Índice Ripte y por Índice de Costos de Salud. Aumento de aranceles diciembre 2022 y enero 2023. Normativa aplicable a partir del 1/2/2023. Decreto 743/2022, Resolución 2577 y 2578/22.

A partir del 1 de febrero de 2023 se autorizan incrementos mensuales en el valor de
las cuotas de las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional
de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) conforme la última variación publicada
del Índice de Costos de Salud aprobado por el artículo 1° de la Resolución N°
1293/22 del MINISTERIO DE SALUD.


Con respecto a los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a
SEIS (6) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, a partir del 1° de febrero de 2023 y por
el plazo de DIECIOCHO (18) meses, el incremento del valor de las cuotas de la
medicina prepaga, tendrá como tope máximo el NOVENTA POR CIENTO (90 %) del
Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)
del mes inmediato anterior publicado. En el caso de los trabajadores en relación de
dependencia, este tope será aplicable a la cuota que efectivamente abonen por el
plan superador que hayan contratado.


VER DECRETO 743/2022, RESOLUCION 2577/2022 Y VER RESOLUCION 2578/2022

 

Las Entidades de Medicina Prepaga y los Agentes del Seguro de Salud deberán
incrementar los valores retributivos de las prestaciones médico-asistenciales
brindadas a sus beneficiarios, beneficiarias, usuarios y usuarias por los prestadores
inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES de la SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD en al menos un NOVENTA POR CIENTO (90%) del aumento
porcentual de sus ingresos por vía de cuotas de medicina prepaga o negociaciones
paritarias, para cada mes.

Ver Índice de costos de Salud

INDICE FEBRERO 2023: 8,21%. TRASLADO A PRESTADORES: 7,389%
Se publicó el Índice de Costos de Salud aprobado por la Resolución 1293/2022 del
Ministerio de Salud, junto con el Índice de Remuneración Imponible Promedio de los
Trabajadores Estables (RIPTE), el 90% de dicho valor y el valor correspondiente a
SEIS (6) salarios mínimos, vitales y móviles, de conformidad con lo establecido en el
Decreto 743/2022 y la Resolución 2577/2022 – MSAL.

Ver Informe Aumentos a Entidades de Medicina Prepaga

En su artículo 17, la Ley 26.682 prevé que la autoridad de aplicación fiscalizará y
garantizará la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales de las
Entidades de Medicina Prepaga y autorizará su aumento, cuando dicho aumento
esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial
de riesgo. A su vez, de acuerdo al artículo 5° de la Ley en mención, entre otros
objetivos y funciones, la autoridad de aplicación debe autorizar y revisar los valores
de las cuotas y sus modificaciones. Desde la vigencia de la Ley 26.682 hasta la fecha,
se autorizaron aumentos a las cuotas que cobran las Entidades de Medicina Prepaga
(EMP), en los términos del art. 17 de la Ley 26.682, según este detalle.

Recordatorio Aumento de aranceles diciembre 2022 y enero 2023. 90% del índice:
Los aumentos autorizados por aplicación de las Resoluciones N° 867/22 y N°
1293/22 del MINISTERIO DE SALUD para el mes de diciembre de 2022 respecto del
valor de las cuotas de las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro
Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) deberán aplicarse de la
siguiente forma: hasta un 6,9% en el mes de diciembre de 2022 y hasta un 6,9%, no
acumulativo, en el mes de enero de 2023.

SOLICITE ASESORAMIENTO A: cadime@cadime.com.ar

Compartir en:
CA.DI.ME.
Open chat
¿Necesita ayuda?
Hola. En qué podemos ayudarlo?
×